Causa: El detalle se debe a que no se registro el número de identidad tributaria del cliente en la factura.
Con la versión 3.3, el SAT estableció que al momento de realizar facturas a un cliente extranjero se debe de utilizar el No. de Identidad Tributaria o Tax ID en lugar del RFC genérico para clientes del extranjero.
Solución: Se debe de solicitar al cliente el Tax ID o número de identificación tributaria y capturarlo dentro del catálogo de clientes, sin utilizar espacios ni guiones, en el campo que dice: No. Identidad Tributaria.
Una vez que capture este dato en su catálogo de clientes, es necesario que actualice la información de su factura, para ello deberá editar su factura y volver a seleccionar a su cliente.
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